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Corte Suprema

SORIA JORGE LUIS c/ RA Y CES SA Y OTRO s/INCONST. ART. 39 LRT

Una aseguradora de riesgos del trabajo fue eximida de responsabilidad civil por un accidente de un trabajador con una máquina traccionadora sin protección adecuada. La Procuración General propuso a la Corte dejar sin efecto ese fallo por falta de fundamentación, por considerar que la ART tenía el deber de prever el riesgo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 1478. XXXIX. RHE
Responsabilidad civil Aseguradora de riesgos del trabajo Accidente de trabajo Ley 24.557 Articulo 1074 codigo civil Articulo 1113 codigo civil Arbitrariedad de sentencia Fundamentacion Recurso extraordinario Causa adecuada.

¿Quién es el actor?

el trabajador lesionado por una traccionadora de la empresa principal.

¿A quién se demanda?

R.A. & C.E.S. S.A. (empleadora) y Provincia ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reparación integral de la minusvalía derivada del infortunio, fundada en el artículo 1113 del Código Civil, y declaración de inconstitucionalidad del artículo 39, inciso 1°, de la ley 24.557.

¿Qué se resolvió?

la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala I) revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda contra la ART, por no poder afirmarse que hubiera puesto una causa adecuada o condición relevante del daño (art. 1074 CC).

¿Qué se resolvió?

hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario, dejar sin efecto la sentencia y devolver las actuaciones para un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Concluyo, entonces, que la sentencia de la ad quem satisface sólo en forma aparente la exigencia de constituir una derivación razonada del derecho vigente, con arreglo a los hechos de la causa, extremo que impone su descalificación como acto jurisdiccional (Fallos 301:472; 307:228, entre otros)."

"En el supuesto, como quedó dicho, el accidente se produjo a partir de la intervención de una máquina perteneciente a la principal, la que carecía de mínimas condiciones de seguridad para la integridad física de los trabajadores."

"La afirmación de la alzada que sostiene que exime de responsabilidad a la ART sobre la base que no puede afirmarse que la aseguradora 'puso una causa adecuada o condición relevante del resultado dañoso...', resulta un argumento genérico y dogmático, que prescinde tener en cuenta que la posibilidad de prever y conjurar riesgo y vicios de la traccionadora que causó el siniestro, estaba razonablemente al alcance y entre las obligaciones de la firma de seguros."

Normas que cita

  • Ley 24.557arts. 39 inc. 1, 4 incs. 1 y 4 · Ley de riesgos del trabajo
  • CCarts. 1074, 1113
  • Decreto 170
  • Constitución Nacionalarts. 14, 14 bis, 15, 16, 17, 18, 19, 28, 31, 33
  • Ley 340

Fallos que cita

  • RiveroCSJN · Fallos 325:3265
  • Ponce, Ricardo Daniel c/ Ferrosider S.A. y otroCSJN · 10/03/2004
  • Pesaresi, Walter D. c/ Cooperativa de Agua y Luz de Pinamar s/ accidenteCSJN · 30/09/2004
  • Fallos 301:472CSJN
  • Fallos 307:228CSJN

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