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Corte Suprema

GUERRIERI EDGARDO AMIRCAR c/ CAJA RETIROS JUBILACIONES PENSIONES POLICIA F EDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Personal retirado de la Policía Federal y otros beneficiarios reclamaron contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y el Estado Nacional por la naturaleza de las asignaciones creadas por los decretos 2133/91 y 713/92. La Corte Suprema declaró admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos del precedente Mallo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 1646. XXXIX. REX
Caja de retiros jubilaciones y pensiones policia federal Personal retirado Decretos 2133/91 y 713/92 Asignaciones Haberes previsionales Remision a precedente Recurso extraordinario Estado nacional Fuerzas de seguridad

¿Quién es el actor?

Eduardo Amircar Guerreri y otros beneficiarios del régimen de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal (causas acumuladas: Guerreri, Álvarez, Bornancini, Biscia, Blanco, Britos de Castaño, Covino, Cerrizuela, Giordano, González, Rodríguez de Fuentes, Ramírez, Reisder, Sansobrino, Torres y Villanueva, entre otros).

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal; Estado Nacional (Ministerio del Interior).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

naturaleza jurídica de las asignaciones creadas por los decretos 2133/91 y 713/92 (cuestión previsional y de haberes).

Resolución: la Corte declaró admisibles los recursos extraordinarios y, con el alcance indicado, confirmó las sentencias apeladas, sin costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte consideró que los planteos sobre la naturaleza de las asignaciones de los decretos 2133/91 y 713/92 son sustancialmente análogos a los resueltos en la causa "Mallo, Carlos Héctor y otros c/ Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal s/ personal militar y civil de las fuerzas armadas y de seguridad" (M.108.XL), sentencia de la misma fecha, y remitió en razón de brevedad a esas consideraciones. Los fundamentos concretos no se transcriben en este documento, por lo que no se pueden citar textualmente desde el propio fallo.

Normas que cita

  • Decreto 2133
  • Decreto 713

Fallos que cita

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