JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CENTRAL NEUQUEN S.A. Y OTRA c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE Y OTRA s/ACCION DECLARATIVA

La Corte Suprema hizo lugar a la acción declarativa promovida por Central Neuquén S.A. y declaró la inconstitucionalidad del régimen de cobro de los impuestos de los decretos-ley 7290/67 y 9038/78 que la Provincia de Buenos Aires y su ente regulador energético aplicaban a quienes contratan con la actora, en tanto se eximía de esos tributos a determinados usuarios industriales y comerciales. La decisión se remite, por analogía, a los fundamentos de la causa Hidroeléctrica El Chocón S.A., dictada en la misma fecha.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 603. XXIX. ORI
Accion declarativa de inconstitucionalidad Impuestos provinciales Decreto-ley 7290/67 Decreto-ley 9038/78 Decreto provincial 1160/92 Usuarios industriales y comerciales Ente provincial regulador energetico Energia electrica Igualdad tributaria Costas

¿Quién es el actor?

Central Neuquén S.A. y otra.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires y Ente Provincial Regulador Energético.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción declarativa de inconstitucionalidad del régimen de cobro de los impuestos previstos en los decretos-ley 7290/67 y 9038/78 a quienes contratan con la actora, en cuanto se exime de esos tributos a los usuarios industriales y comerciales comprendidos en el art. 1° del decreto provincial 1160/92.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a la demanda y se declara la inconstitucionalidad del régimen indicado. Se imponen costas (art. 68 del CPCCN) y se regulan honorarios a los doctores Víctor J. Díaz Bobillo ($ 14.000), Horacio Daniel García Prieto ($ 42.600) y David Daniel Jovtis ($ 31.400).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la cuestión es sustancialmente análoga a la resuelta en la causa H.148 XXIX "Hidroeléctrica El Chocón S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de y otro s/ acción declarativa", sentencia de la misma fecha, a cuyos fundamentos el Tribunal remite en razón de brevedad. El voto del Dr. Boggiano coincide con los fundamentos de la mayoría, sin agregar argumentos propios. No se transcriben considerandos propios adicionales.

Normas que cita

  • Decreto-ley 7290 (Provincial)
  • Decreto-ley 9038 (Provincial)
  • Decreto 1160 (Provincial)art. 1
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 21.839arts. 6, 9, 37, 38 · Aranceles y honorarios de abogados
  • Ley 24.432Honorarios profesionales

Fallos que cita

  • Hidroeléctrica El Chocón S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de y otro s/ acción declarativaCSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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