JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MARAVIGLIA OVIDIO NAZARENO c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/

Numerosos jubilados reclamaron el reajuste de sus haberes por movilidad entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241. La Corte Suprema, por mayoría, revocó las sentencias apeladas y ordenó aplicar la movilidad conforme al alcance fijado en el precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 1005. XXXI. REX
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Ley 24.241 Sistema previsional Chocobar Caja nacional de prevision Anses Recurso extraordinario Corte suprema Precedente vinculante

¿Quién es el actor?

Ovidio Nazareno Maraviglia y otros jubilados (causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

INPS / Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles; ANSeS; Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales por movilidad, en el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia del régimen de la ley 24.241.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, revocó las sentencias apeladas y ordenó que la movilidad en dicho período se aplique según el alcance fijado en "Chocobar, Sixto Celestino", con remisión a los fundamentos de ese precedente. Los jueces Fayt, Petracchi y Bossert votaron en disidencia remitiéndose a sus votos en esa causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones planteadas en las causas referidas respecto del fondo del asunto resultan sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa C.278.XXVIII 'Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad', votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano y López, fallada con fecha 27 de diciembre de 1996, y votos del juez Vázquez en dicha causa y en autos B.223.XXV. 'Bertone, Rogelio Héctor' del 15 de julio de 1997, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."

Nota: el fallo no transcribe fundamentos propios sobre el fondo; remite al precedente "Chocobar" y al voto del juez Vázquez en "Bertone".

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · 27/12/1996
  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.