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Corte Suprema

LEGIMAN JOSE LUIS s/ROBO -CAUSA N° 115/79-2001-

El recurso de queja por denegación de recurso extraordinario interpuesto por la defensa de José Luis Legiman en una causa por robo. La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar nuevo pronunciamiento conforme a los precedentes Casal y Martínez Areco; la ministra Argibay votó en disidencia por declarar inadmisible el recurso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 1127. XXXIX. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Denegacion Robo Doble conforme Recurso de casacion provincial Revision de la condena Casal Martinez areco Reenvio.

Actor (recurrente): José Luis Legiman, por intermedio de su defensor oficial (recurso de hecho).

¿A quién se demanda?

el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut, tribunal de origen, cuya denegación del recurso extraordinario dio lugar a la queja.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

revisión de la sentencia condenatoria por robo, sobre la base de la doctrina sentada en las causas "Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativa" (C.1757.XL) y "Martínez Areco, Ernesto s/ causa" (M.1451.XXXIX), en materia de alcance del recurso de casación y análogos previstos por los ordenamientos procesales provinciales.

¿Qué se resolvió?

por mayoría se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada y se ordenó el reenvío para dictar nueva sentencia conforme al presente. La ministra Argibay, en disidencia, desestimó la queja por considerar inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 CPCCN) e intimó al depósito previsto en el art. 286.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

los votos de la mayoría remiten en razón de brevedad a los fundamentos de los precedentes citados, sin desarrollo propio. El voto de la mayoría de Petracchi, Maqueda, Zaffaroni y Lorenzetti en Casal sostiene, según se cita en este fallo, que corresponde hacer extensiva la doctrina de la Corte a la forma de interpretar los recursos de casación y análogos de los ordenamientos procesales provinciales, para garantizar la revisión amplia de la condena. La mayoría de este fallo aplica esa doctrina "mutatis mutandis". Argibay, en disidencia, sostiene únicamente la inadmisibilidad formal del recurso extraordinario, sin tratar el fondo.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativaCSJN · 20/09/2005
  • Martínez Areco, Ernesto s/ causaCSJN · 25/10/2005
  • Merlo, Luis Benito s/ p.s.a. homicidioCSJN · 20/12/2005

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