LORENZO AMERICA c/ ESTADO NACIONAL-MINISTERIO DE DEFENSA s/S/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
La actora dedujo recurso de hecho contra la sentencia dictada en un litigio contra el Estado Nacional - Ministerio de Defensa. La Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento por la sala que corresponda, por remisión a los fundamentos de la causa Ahumada.
¿Quién es el actor?
América Lorenzo.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Ministerio de Defensa.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
no surge del texto de la resolución, que se limita a remitir a la causa "Ahumada, Mariano Moisés y otros c/ Estado Nacional - Ministerio de Defensa s/ personal militar y civil de las fuerzas armadas y de seguridad" (sentencia del 11 de julio de 2000) por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas.
¿Qué se resolvió?
se declaró admisible el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. Costas por su orden en los términos del artículo 68 del CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los planteos del recurrente remiten al examen de cuestiones substancialmente análogas a las resueltas en la causa: A.436.XXXV. 'Ahumada, Mariano Moisés y otros c/ Estado Nacional - Ministerio de Defensa s/ personal militar y civil de las fuerzas armadas y de seguridad', sentencia del 11 de julio de 2000, a cuyas consideraciones corresponde remitir en razón de brevedad."
"Por ello, de acuerdo con lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal, se declara admisible el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada."
No hay votos en disidencia.
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Normas que cita
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Ahumada, Mariano Moisés y otros c/ Estado Nacional - Ministerio de Defensa s/ personal militar y civil de las fuerzas armadas y de seguridadCSJN · 11/07/2000
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