IACONIS ALBERTO c/ INPS-CAJA NAC DE PREV PARA EL PERS DEL EST Y SERV PUBL. s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
Los recursos extraordinarios de la ANSeS fueron declarados procedentes y se revocaron las sentencias que reconocían la movilidad de los haberes previsionales. La Corte resolvió aplicar, para el período entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241, el alcance fijado en el precedente Chocobar, con remisión a las disidencias de los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert.
¿Quién es el actor?
Los distintos beneficiarios previsionales, jubilados del régimen de la Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos (y otras cajas o la ANSeS), agrupados en las causas acumuladas.
¿A quién se demanda?
INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos, y ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de los haberes previsionales por movilidad, en el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia del régimen instaurado por la ley 24.241.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se declararon procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, se revocaron las sentencias apeladas y se ordenó que la movilidad en dicho período se aplique según el alcance fijado en el precedente "Chocobar, Sixto Celestino", por remisión a los votos de la causa citada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Según el considerando único, las cuestiones planteadas en las causas son sustancialmente análogas a las examinadas en la causa C.278.XXVIII. "Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad" (votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano y López, con fecha 27 de diciembre de 1996, y voto del juez Vázquez en dicha causa y en autos "Bertone, Rogelio Héctor", del 15 de julio de 1997), "a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad". Nota: el texto transcripto no contiene desarrollo argumental propio de esta sentencia; los fundamentos sustanciales se encuentran en el precedente "Chocobar" al que se remite.
¿Cómo votaron los jueces?
Los doctores Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert se remitieron, en lo pertinente, a sus disidencias en la causa "Chocobar", sin que el texto transcripto desarrolle su contenido.
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Normas que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidadCSJN · 27/12/1996
- Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
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