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Corte Suprema

DUARTE DANIEL ALFONSO Y ARRECHEA ALFONSO s/S/REC. EXT.DE INAPLIC. DE LEY Y NULIDAD

La Corte Suprema declaró la nulidad del auto que había concedido un recurso extraordinario federal en una demanda por daños y perjuicios contra la Provincia de Misiones, por no indicar cuál de los dos recursos concedía ni sobre qué cuestión federal. Ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que resuelva sobre la procedencia de los remedios federales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 1100. XLI. REX
Recurso extraordinario federal Nulidad del auto de concesion Cuestion federal Arbitrariedad Competencia apelada Danos y perjuicios Provincia de misiones Inadmisibilidad Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley Devolucion de autos.

¿Quién es el actor?

Daniel Alfonso Duarte y Alfonso Ramón Arrechea.

¿A quién se demanda?

Estado de la Provincia de Misiones.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios.

¿Qué se resolvió?

se declaró la nulidad de la decisión de fs. 964/965 que concedía el recurso extraordinario federal, y se devolvieron los autos al Superior Tribunal de Justicia de Misiones para que resuelva sobre la procedencia de los remedios federales interpuestos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En efecto, el pronunciamiento de fs. 964/965 omite indicar cuál de los dos recursos interpuestos —cada uno de ellos por cada uno de los actores— es el que está concediendo. La situación no se aclara por la referencia a la cuestión federal planteada en la demanda a fs. 25, ap. 7, si se tiene en cuenta que no es ésta a la que se alude en el escrito de fs. 906/923, mientras que en la presentación de fs. 856/900 se invoca clara y exclusivamente un supuesto de arbitrariedad."

"En esas condiciones, el auto de concesión del recurso extraordinario no satisface la finalidad a la que está destinado desde que no permite siquiera conocer cuál es el recurso que se habría concedido y por qué razón, cuestión fundamental si se tiene en cuenta que ello determina el alcance de la competencia apelada de este Tribunal (Fallos: 315:1687 y sus citas)."

El tribunal de origen había concedido el recurso "siendo la decisión final recaída en la causa contraria a los intereses del recurrente", sin identificar la cuestión federal invocada.

Fallos que cita

  • Fallos 315:1687CSJN

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