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Corte Suprema

CONTI JOSEFINA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema confirmó la sentencia que reajustó el haber previsional de la actora conforme a la pauta de movilidad de la ley 22.955, declarando improcedentes los agravios de la ANSeS sobre su extensión temporal y las modalidades de cumplimiento. Con remisión a los precedentes Perletto y Spitale, también ratificó la solución sobre la tasa pasiva de interés.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1337. XXXIX. ROR
Pauta de movilidad Ley 22.955 Reajuste previsional Haber jubilatorio Anses Recurso ordinario Cumplimiento de sentencia Tasa pasiva de interes Precedente perletto Precedente spitale

¿Quién es el actor?

Josefina María Conti.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, con aplicación de la pauta de movilidad prevista en la ley 22.955.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró parcialmente procedente el recurso ordinario de la ANSeS y confirmó la sentencia apelada, con el alcance que surge del precedente "Spitale".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "Los agravios planteados por la ANSeS acerca de la extensión temporal de la pauta de movilidad prevista en la ley 22.955 resultan el fruto de una reflexión tardía. Lo resuelto a fs. 66/69 quedó firme al haber omitido el ente previsional formular objeciones al respecto en su memorial ante la cámara, de modo que resulta improcedente volver sobre un debate clausurado en las instancias anteriores."

Considerando 2°: "Carecen de fundamento las impugnaciones vinculadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia, pues remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las analizadas por esta Corte en la causa 'Perletto' (Fallos: 325:98), sin que la parte se haga cargo de ello en su memorial o de razón de mérito alguna que justifique un apartamiento de dicho antecedente, circunstancia que obsta al tratamiento del remedio intentado también en ese aspecto."

Considerando 3°: "Los planteos respecto de la tasa pasiva de interés han sido analizados por la Corte en el precedente de Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir."

Normas que cita

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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