JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MORRONE MARIO ALEJANDRO c/ GARCIA PEREZ JOSE s/EJCUCION HIPOTECARIA

La Procuración General dictaminó que corresponde rechazar el recurso extraordinario interpuesto contra la decisión de la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, que convirtió a pesos una deuda en dólares conforme a la ley 25.561 y el decreto 214/02. Recomendó confirmar la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos de un dictamen previo sobre legislación de emergencia, y consideró prematuro el planteo sobre intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 2321. XLI. REX
Deuda en dolares Pesificacion Ley 25.561 Decreto 214/02 Ley 25.820 Legislacion de emergencia Conversion 1 a 1 Cer Cvs Intereses moratorios y punitorios Recurso extraordinario.

Actor (recurrente): la parte actora, que interpuso el recurso extraordinario (fs. 223/227), concedido a fs. 237.

¿A quién se demanda?

DESCONOCIDO (el dictamen no identifica a la parte demandada, salvo por la mención de la causa "Maffulli, Ciro y otro" como precedente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

deuda contraída en dólares estadounidenses, cuyo pago estaba en discusión.

¿Qué se resolvió?

revocó la sentencia de primera instancia y dispuso que la deuda en dólares se satisficiera conforme a la ley 25.561 y el decreto 214/02, mediante conversión a pesos a la paridad 1 a 1, con más el ajuste que correspondiera por mecanismos de la legislación de emergencia (CER o CVS) (fs. 217/219).

Qué dictamina la Procuración: rechazar el recurso extraordinario y confirmar el decisorio apelado con el alcance indicado. Sobre los intereses moratorios y punitorios fijados por la Cámara, considera prematuro su tratamiento, porque aún no está determinado el capital reclamado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En orden a los agravios referidos a la aplicación de intereses moratorios y punitorios establecido por el a-quo, resulta prematuro su tratamiento en el estado actual de las actuaciones donde se encuentra pendiente de determinación el capital que se reclama."

"Corresponde poner de relieve que las cuestiones materia de recurso en los presentes actuados, en orden a la constitucionalidad y aplicación de la legislación de emergencia (leyes 25.561, 25820 y decreto 214/02), guardan sustancial analogía con las examinadas en la causa: S. C. P. 122, L. XXXIX, caratulada 'Pérsico, Luigi c/ Maffulli, Ciro y otro s/ Ejecución Hipotecaria' dictaminada por esta Procuración el día 26 de octubre de 2004, a cuyos términos y consideraciones cabe remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad."

"Por lo expuesto, opino que corresponde rechazar el recurso extraordinario y confirmar el decisorio apelado con el alcance indicado."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Pérsico, Luigi c/ Maffulli, Ciro y otro s/ Ejecución HipotecariaCSJN (dictamen PGN) · 26/10/2004

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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