FONDO COMPENSAROR ASOC. MUTUAL DEL PERSONAL DEL I.A.P.S. c/ ESTADO NACIONAL s/AMPARO
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional, revocó la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná y rechazó la acción de amparo promovida por el Fondo Compensador de la Asociación Mutual del Personal del I.A.P.S. de Entre Ríos, aplicando el criterio fijado en la causa Galli. Las costas se impusieron por su orden por tratarse de una cuestión jurídica novedosa.
¿Quién es el actor?
Fondo Compensador Asociación Mutual del Personal del I.A.P.S. - Entre Ríos.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción de amparo.
¿Qué se resolvió?
se revocó la sentencia apelada y se rechazó el amparo, por remisión al precedente "Galli, Hugo Gabriel y otro c/ P.E.N." (sentencia del 5 de abril de 2005).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte expresa que "resulta aplicable en el sub examine el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa G.2181.XXXIX 'Galli, Hugo Gabriel y otro c/ P.E.N.', sentencia del 5 de abril de 2005, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad". Asimismo, la decisión se fundó en el art. 16, segunda parte, de la ley 48.
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Normas que cita
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
Fallos que cita
- Galli, Hugo Gabriel y otro c/ P.E.N.CSJN · 05/04/2005
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