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Corte Suprema

MERCADO DAVID AMGEL c/ INPS-CAJA NAC DE PREV PARA EL PERS DEL EST Y SERV PUBL. s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema de Justicia de la Nación admitió los recursos extraordinarios deducidos por la ANSeS en reclamos de reajuste por movilidad de haberes jubilatorios. Revocó las sentencias apeladas y ordenó aplicar, para el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, el alcance de movilidad fijado en el precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 821. XXVI. RHE
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Recurso extraordinario Anses Ley 24.241 Precedente chocobar Topes maximos Seguridad social Haberes previsionales Caja nacional de prevision

¿Quién es el actor?

David Ángel Mercado y otros (conjunto de causas acumuladas, entre ellas Arias, Arjitecter, Agneni, Alfonso de Albornoz, Absi, Ares, Andino, entre otras).

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Previsión Social (INPS) / Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos / Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles, según cada causa; la ANSeS interpuso los recursos extraordinarios.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de haberes jubilatorios.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, se revocaron las sentencias apeladas y, en cuanto a la movilidad desde el 1° de abril de 1991 hasta la vigencia de la ley 24.241, se ordenó aplicar el alcance fijado en "Chocobar, Sixto Celestino". Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert se remitieron a sus disidencias en esa causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en las causas referidas respecto del fondo del asunto resultan sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa C.278. XXVIII 'Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad', votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano y López, fallada con fecha 27 de diciembre de 1996, y votos del juez Vázquez en dicha causa y en autos B.223.XXV 'Bertone, Rogelio Héctor' del 15 de julio de 1997, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."

Respecto del sistema de topes máximos: "los jueces Nazareno, Belluscio, Boggiano, Bossert y López remiten a lo resuelto en la causa D.429.XXVIII 'Del Azar Suaya, Abraham c/ I.N.P.S. - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles', fallada con fecha 25 de septiembre de 1997."

¿Cómo votaron los jueces?

Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert, por remisión a sus votos en "Chocobar".

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 27/12/1996
  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
  • Del Azar Suaya, Abraham c/ I.N.P.S. - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 25/09/1997

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