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Corte Suprema

CAPRINO JORGE ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema confirmó la sentencia que ordenó el reajuste previsional de Jorge Antonio Caprino y resolvió que el plazo y la forma de cumplimiento, así como la tasa de interés, se rigen por los precedentes Perletto y Spitale. Desestimó los agravios de la ANSeS sobre el haber inicial y la movilidad, por tratarse de la aplicación de la ley 22.955 y no de la ley 18.037.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 65. XL. ROR
Reajuste previsional Anses Plazo de cumplimiento de sentencia Tasa de interes Haber inicial Movilidad Ley 22.955 Ley 18.037 Precedente perletto Precedente spitale

¿Quién es el actor?

Jorge Antonio Caprino.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso ordinario deducido y se confirmó la sentencia apelada, con el alcance que surge del fallo "Spitale".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1: "Que las cuestiones que se suscitan en la presente causa relacionadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 325:98 ("Perletto") y el recurrente no objetó dicho antecedente en su expresión de agravios ni dio razón de mérito alguna que justifique el apartamiento de dicha doctrina."

Considerando 2: "Que los planteos vinculados con la tasa de interés, encuentran adecuada respuesta en el precedente de Fallos: 327:3721 ("Spitale"), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

Considerando 3: "Que son improcedentes los agravios que se refieren a la determinación del haber inicial y la movilidad, pues se dirigen a objetar una supuesta aplicación de la ley 18.037, cuando en realidad el caso ha sido resuelto según las disposiciones de la ley 22.955, aspecto del cual la apelante no se hace cargo en su memorial. De igual modo, deben ser desestimadas las restantes críticas del organismo, por no guardar relación con lo decidido."

Normas que cita

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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