STREVA MABEL BEATRIZ c/ ANSES s/PENSIONES
La Corte Suprema declaró desierto el recurso ordinario de la ANSeS y admitió parcialmente el de la beneficiaria, confirmando la sentencia que anuló la extinción de una pensión por haberse omitido dar participación a la titular. El tribunal sostuvo que la garantía de defensa en juicio y la cautela exigida para desconocer derechos alimentarios justifican la solución adoptada.
¿Quién es el actor?
Mabel Beatriz Streva (beneficiaria de pensión).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pensiones. Se impugnó la resolución de la ANSeS que dio por extinguido el beneficio de pensión acordado con anterioridad, por haber omitido dar participación a la titular, y la aplicación de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró desierto el recurso ordinario de la ANSeS, admitió parcialmente el de la parte actora y confirmó la sentencia apelada con el alcance que surge de los precedentes "Leonardini" (Fallos 323:4004), "Alfonso" (Fallos 324:179) y "Coter" (Fallos 325:2556).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la cámara expresó también que no se debía llegar al desconocimiento de los derechos tutelados por las leyes previsionales sino con extrema cautela, pues tal procedimiento resultaba lesivo del derecho de defensa, que debía ser garantizado evitando incurrir en excesos rituales."
"...si bien era cierto que los organismos administrativos podían válidamente alterar un pronunciamiento ejercitando el derecho que expresamente les otorgaba la ley para corregir, en casos excepcionales, los actos ilegítimos, aunque las prestaciones se hallaren en vías de cumplimiento, no lo era menos que tal facultad se hallaba condicionada a que se hubiera dado a los interesados una participación adecuada, permitiéndoles alegar y probar sobre los aspectos cuestionados con el objeto de resguardar la garantía de defensa en juicio."
Sobre el recurso de la ANSeS: "...no se hace cargo de las razones que dieron sustento al fallo que ataca, en particular las relacionadas con la garantía de la defensa en juicio y con la cautela necesaria para desconocer derechos de carácter alimentario, circunstancias que obstan al tratamiento del remedio intentado y llevan a declarar su deserción."
Sobre las costas: "...resulta improcedente volver sobre un debate clausurado en las instancias anteriores."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 19, 22, 23 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- LeonardiniCSJN · Fallos 323:4004
- CoterCSJN · Fallos 325:2556
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