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Corte Suprema

BARATTI FERNANDO DANIEL s/RECURSO

Fernando Daniel Baratti interpuso recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso, revocó la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, con la disidencia de la Dra. Argibay, quien lo consideró inadmisible.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 194. XL. REX
Recurso extraordinario Casacion penal Revocacion de sentencia Reenvio Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Dictamen del procurador fiscal Camara nacional de casacion penal Baratti Proceso penal

Actor (recurrente): Fernando Daniel Baratti, representado por Juan Console.

¿A quién se demanda?

no surge del texto; el recurso se dirige contra la sentencia de la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso extraordinario contra la sentencia de casación penal. El fallo no detalla el objeto penal ni la materia de fondo.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto. La Dra. Argibay votó por declarar mal concedido el recurso por inadmisible (art. 280 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos del dictamen del señor Procurador Fiscal, a cuyos términos y conclusiones se remite en razón de brevedad." La disidencia de la Dra. Argibay sostiene: "Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Los fundamentos del dictamen del Procurador Fiscal no se transcriben en el texto recibido.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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