HENIG MIGUEL c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/EXPROPIACION INVERSA
La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta por la demandada, por no cumplir el recurso extraordinario con el requisito de fundamentación autónoma. Asimismo, condenó a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a satisfacer el depósito previsto en el art. 286 del CPCCN, cuyo pago se encontraba diferido por la acordada 47/91.
¿Quién es el actor?
Miguel Henig.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (hoy Ciudad Autónoma de Buenos Aires), que interpone el recurso de hecho.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
no surge del texto de la resolución.
¿Qué se resolvió?
La Corte desestimó la queja. Fundamentos: "Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma."
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal se limitó a señalar, como único considerando, que el recurso extraordinario no cumplía con el requisito de fundamentación autónoma. Además, dispuso que la Ciudad satisficiera el depósito del art. 286 del CPCCN, diferido conforme a la acordada 47/91 (fs. 24 vta.). No hay votos en disidencia.
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Normas que cita
- CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- ACORDADA 47/91
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