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Corte Suprema

GUNTHER S.R.L. c/ BANCO DE LA PROVINCIA DE MISIONES s/ORDINARIO

La Corte Suprema hizo lugar a la queja por denegación del recurso extraordinario interpuesto por Gunther S.R.L. contra el Banco de la Provincia de Misiones. Por mayoría, declaró procedente el recurso y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar nuevo fallo por remisión a la causa Té del Valle S.A. (Fallos: 327:1020).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 706. XXXIX. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario federal Queja Denegacion del recurso extraordinario Remision a precedente Te del valle s.a. Banco de la provincia de misiones Gunther s.r.l. Admisibilidad Art. 280 cpccn

¿Quién es el actor?

Gunther S.R.L.

¿A quién se demanda?

Banco de la Provincia de Misiones.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho deducido por la actora contra la denegación del recurso extraordinario federal.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas. Se devolvieron los autos al tribunal de origen para que se dicte nuevo fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las consideradas y resueltas por este Tribunal en la causa 'Té del Valle S.A.' (Fallos: 327:1020), a la que corresponde remitirse por motivos de brevedad." La decisión se adoptó de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal subrogante.

¿Cómo votaron los jueces?

La Dra. Carmen M. Argibay, en disidencia, consideró que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), por lo que votó por desestimar la queja, declarar perdido el depósito de fs. 1 y archivar.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

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