SAEZ MANUEL PEDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema confirmó la sentencia de reajuste previsional en favor del jubilado Manuel Pedro Saez, remitiendo a sus precedentes sobre tasa pasiva de interés y plazos de cumplimiento. Asimismo, desestimó los agravios de la ANSeS contra la aplicación del art. 55 de la ley 18.037, por resultar confiscatoria la disminución del haber.
¿Quién es el actor?
Manuel Pedro Saez.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber jubilatorio.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedente el recurso ordinario interpuesto y confirmó la sentencia apelada, con el alcance que surge de los considerandos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 1°: "Las cuestiones que se suscitan en la presente causa, vinculadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente de Fallos: 327:3721 ('Spitale'), a cuyos fundamentos cabe remitir por razones de brevedad."
Considerando 2°: "Los agravios vinculados con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, han sido examinados y resueltos por este Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 325:98 ('Perletto'), y el recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza crítica alguna a lo sostenido en dicho antecedente."
Considerando 3°: "Corresponde desestimar los agravios de la ANSeS vinculados con el art. 55 de la ley 18.037, pues surge de la causa -fs.52/54 del expte. administrativo- que la aplicación de dicha norma, produjo en el haber jubilatorio una disminución que resulta confiscatoria según lo resuelto en Fallos: 323:4216 ('Actis Caporale'), por lo que se confirma el fallo apelado en este aspecto."
Considerando 4°: "Los restantes agravios del organismo previsional no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada, por lo que carecen del requisito de fundamentación."
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Normas que cita
- Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- PerlettoCSJN · Fallos 325:98
- Actis CaporaleCSJN · Fallos 323:4216
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