SAUCEDO DANIEL HORACIO c/ EDITORIAL SARMIENTO S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Corte Suprema revocó la condena por daños y perjuicios contra Diarios y Noticias S.A. (DYN) por una noticia que vinculó erróneamente a Daniel Horacio Saucedo con un homicidio. El tribunal sostuvo que la atribución de autoría a la agencia se basó en presunciones genéricas y dogmáticas, sin prueba suficiente, por lo que la sentencia resultó arbitraria.
¿Quién es el actor?
Daniel Horacio Saucedo.
¿A quién se demanda?
Editorial Sarmiento S.A., Diarios y Noticias S.A. (DYN), y Roberto Jacobson, entre otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reparación de daños y perjuicios por la publicación de una noticia que involucró erróneamente al actor en el secuestro y posterior homicidio de Osvaldo Sivak.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes el recurso extraordinario y la queja, revocó la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo decidido, con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la decisión del a quo de atribuir a la recurrente la autoría de la información injuriante, con sustento en la existencia de 'presunciones que por su número, precisión y gravedad y concordancia permiten formar convicción del juzgador...' es fruto de una afirmación genérica y dogmática que no se compadece con las constancias de la causa."
"...el único periódico, entre los que publicaron el nombre del actor, que mencionó como exclusiva fuente a la agencia DYN (fs. 6) no acompañó prueba alguna de su afirmación a pesar de que le fue requerida (fs. 315)."
"...la mayoría de los periódicos que involucraron expresamente al actor en el crimen citaron como fuente a otras agencias de noticias (fs. 9 y 214)."
"...el a quo ha efectuado un examen parcial y aislado de los elementos obrantes en la causa, cuestión que adquiere especial relevancia al desconocer la particular cautela que se requiere cuando se trata de imputar responsabilidades cometidas en el ejercicio de la libertad de expresión e informar, atento al lugar preeminente que tiene tal derecho en nuestro sistema republicano."
Se señala además que, al no contarse con el despacho original de la agencia, su existencia y contenido debían acreditarse con indicios certeros que no se reunieron. Al resolverse por arbitrariedad, la Corte consideró innecesario tratar los demás agravios constitucionales.
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Normas que cita
- Constitución Nacionalarts. 14, 32
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Fallos 308:789CSJN
- Fallos 264:301CSJN
- Fallos 269:43CSJN
- Fallos 279:171CSJN
- Fallos 292:564CSJN
- Fallos 294:331CSJN
- Fallos 301:909CSJN
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