FUCITO FELIX BERNARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social en el reajuste de haberes previsionales promovido contra la ANSeS, aplicando lo resuelto en Spitale respecto de la tasa pasiva de interés y en Perletto respecto del plazo y las modalidades de cumplimiento. Desestimó por extemporáneos los agravios del actor y por falta de fundamentación los restantes planteos del organismo previsional.
¿Quién es el actor?
Félix Bernardo Fucito.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada según lo resuelto en "Spitale, Josefa". El actor no logró que se admitiera su recurso por ser tardío. La ANSeS tampoco logró revertir el fallo en los puntos que había cuestionado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Corresponde rechazar las impugnaciones del actor efectuadas en esta instancia por ser fruto de una reflexión tardía pues no cabe admitir el recurso deducido contra la desestimación del pedido de aclaratoria ya que el plazo para interponer una apelación es perentorio y no se interrumpe por la presentación de otros remedios declarados improcedentes".
"Las objeciones del organismo previsional relacionadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 325:98 ("Perletto"), y el recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza crítica alguna a lo sostenido en dicho antecedente".
"Los agravios del organismo previsional vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ("Spitale"), al que cabe remitir por razón de brevedad".
"Los restantes planteos de la ANSeS no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada, por lo que carecen del requisito de fundamentación adecuada".
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 19, 22, 23 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- PerlettoCSJN · Fallos 325:98
- Spitale, JosefaCSJN · Fallos 327:3721
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