MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES c/ LATTUADA MIGUEL s/EJECUCION FISCAL
La Corte Suprema hizo lugar a las quejas de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y revocó las sentencias apeladas en cuanto fueron materia de agravios, ordenando el dictado de nuevos pronunciamientos por el tribunal de origen. El voto del Dr. Bossert, en disidencia parcial, coincidió en el resultado pero se diferenció en cuanto a las costas.
¿Quién es el actor?
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Miguel Lattuada, Delia Luján García, M. Guiomar Acosta, Jorge Alberto Abraham y Eduardo Aurelio Marinelli.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
no surge del texto de la sentencia, que se limita a remitir al precedente "Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires c/ Río de Janeiro 269 S.R.L." (Fallos: 315:2927).
¿Qué se resolvió?
la mayoría de la Corte hizo lugar a las quejas, declaró formalmente procedentes los recursos extraordinarios, revocó las sentencias apeladas en cuanto fueron materia de agravios, con costas, y ordenó que los autos vuelvan al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicten nuevos pronunciamientos. El Dr. Bossert, en disidencia parcial, coincidió en lo sustancial pero votó por imponer las costas en el orden causado (sin costas).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos, guardan sustancial analogía con las consideradas por esta Corte en el precedente 'Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires c/ Río de Janeiro 269 S.R.L.' publicado en Fallos: 315:2927, a cuyos fundamentos -en lo pertinente- cabe remitirse en razón de brevedad."
La fundamentación es una remisión a un precedente. No hay argumentos autónomos desarrollados en esta sentencia.
¿Cómo votaron los jueces?
la diferencia se limita a las costas, que propuso fijar sin condena en costas. No modifica el resultado principal.
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Fallos que cita
- Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires c/ Río de Janeiro 269 S.R.L.CSJN · Fallos 315:2927
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