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Corte Suprema

TARANTINO CARLOS ALEJO c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y OTRO s/EXPROPIACION INVERSA

La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en la causa Tarantino c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, por no cumplir el recurso extraordinario con el requisito de fundamentación autónoma. Se condenó a la Ciudad a satisfacer el depósito del art. 286 del CPCCN, cuyo pago se encontraba diferido por la acordada 47/91.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 274. XXXIII. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Fundamentacion autonoma Admisibilidad Deposito previo Art. 286 cpccn Acordada 47/91 Municipalidad de la ciudad de buenos aires Procuracion general Corte suprema.

¿Quién es el actor?

Carlos Alejo Tarantino.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (representada por la Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

No surge del texto de la resolución, que se limita a la etapa de admisibilidad del recurso.

¿Qué se resolvió?

Se desestimó la queja por no cumplir el recurso extraordinario con el requisito de fundamentación autónoma. Se condenó a la Ciudad de Buenos Aires a satisfacer el depósito correspondiente al art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuyo pago se encontraba diferido de acuerdo con la acordada 47/91 (fs. 26).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma."

"Por ello, se desestima la queja. Se condena a la Ciudad de Buenos Aires a satisfacer el depósito correspondiente al art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuyo pago se encuentra diferido de acuerdo con lo prescripto en la acordada 47/91 (fs. 26)."

Normas que cita

  • CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • ACORDADA 47/91

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