MORAN, NORBERTO ESTEBAN Y OTRO c/ SAN LUIS, PROVINCIA DE Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Corte Suprema hizo lugar al planteo de la Provincia de San Luis y declaró la caducidad de la instancia en la demanda por daños y perjuicios promovida por Norberto Esteban Morán y otro, con costas a la actora. El fundamento fue que desde la última actuación impulsoria (18 de marzo de 1997) hasta el planteo (17 de noviembre de 1997) transcurrió con exceso el plazo del art. 310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
¿Quién es el actor?
Norberto Esteban Morán y otro.
¿A quién se demanda?
Provincia de San Luis y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
daños y perjuicios.
¿Qué se resolvió?
hacer lugar a la caducidad de la instancia planteada por la Provincia de San Luis, con costas a la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que desde la actuación de fecha 18 de marzo de 1997 -última a la que corresponde asignarle carácter impulsorio del procedimiento- hasta la fecha del acuse -17 de noviembre del mismo año- ha transcurrido en exceso el plazo establecido en la norma procesal antedicha, por lo que el planteo debe prosperar."
"Que respecto de lo argüido por la actora a fs. 67 vta./68, cabe aclarar que la instancia se abre con la interposición de la demanda, tal como lo establece el art. 310 in fine de la ley adjetiva, aunque no sea notificada la resolución que dispone su traslado (art. 310, in fine del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación; Fallos: 307:2070)."
"Por ello se resuelve: Hacer lugar a lo solicitado y declarar producida la caducidad de la instancia en estas actuaciones. Con costas (art. 73, último párrafo, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
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Normas que cita
- CPCCNarts. 310, 73 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Fallos 307:2070CSJN
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