JurisprudenciaARG
Corte Suprema

QUILODRAN GUILLERMO NICANOR, MELINAO HECTOR OSCAR Y JAQUES JUAN JOSE s/HOMICIDIO SIMPLE

El defensor general de la Provincia del Chubut interpuso recurso de hecho contra la sentencia por homicidio simple dictada en contra de Quilodrán, Melinao y Jaques. La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a los precedentes Casal y Martínez Areco.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Q. 109. XL. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Homicidio simple Doble conforme Revision amplia de la condena Precedente casal Precedente martinez areco Queja Provincia del chubut Derecho al recurso

Actor (recurrente): Defensor general de la Provincia del Chubut, en representación de Guillermo Nicanor Quilodrán, Héctor Oscar Melinao y Juan José Jaques.

¿A quién se demanda?

Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut (tribunal de origen), en el marco de la causa penal por homicidio simple.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión por recurso extraordinario federal de la sentencia condenatoria por homicidio simple, denegado por el tribunal de origen.

¿Qué se resolvió?

La mayoría hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, devolviendo las actuaciones para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme al presente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto el 20 de septiembre de 2005 por el Tribunal en el expediente C.1757.XL. 'Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativa' (votos concurrentes de los infrascriptos), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad." Asimismo, los jueces Maqueda y Petracchi se remiten a sus votos en la causa M.1451.XXXIX. "Martínez Areco, Ernesto s/ causa N° 3792", sentencia del 25 de octubre de 2005.

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Por ello, desestimó la queja e intimó a la recurrente a acompañar copia del beneficio de litigar sin gastos o efectuar el depósito del art. 286 del CPCCN.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativaCSJN · 20/09/2005
  • Martínez Areco, Ernesto s/ causa N° 3792CSJN · 25/10/2005

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.