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Corte Suprema

MUNNO PABLO GABRIEL c/ BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/DESPIDO

La Corte Suprema declaró improcedente el recurso extraordinario federal interpuesto por la parte actora en el marco del juicio por despido seguido contra el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, con costas. El Tribunal estimó que la sentencia previa era suficientemente clara, por lo que desestimó la aclaratoria solicitada y declaró insustancial el dictado de una nueva sentencia por la cámara de origen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 707. XXXIII. REX
Despido Recurso extraordinario federal Improcedencia Aclaratoria Ejecucion de sentencia Error material Costas Art. 280 cpccn Sentencia clara Corte suprema

¿Quién es el actor?

Pablo Gabriel Munno.

¿A quién se demanda?

Banco de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

despido.

¿Qué se resolvió?

se declaró improcedente el recurso extraordinario federal interpuesto por la parte actora, con costas, y no se hizo lugar a la aclaratoria solicitada. Se ordenó acumular los autos y, oportunamente, remitirlos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), y, por ser suficientemente clara la sentencia de fs. 642/643, corresponde desestimar lo peticionado por la actora a fs. 647/652."

"Que en las condiciones apuntadas, deviene insustancial el dictado de una nueva sentencia por la cámara a quo -como fue ordenado por este Tribunal a fs. 643 del expediente 21.841/91- ya que tal acto se ha cumplido mediante el pronunciamiento de fs. 624/625, por lo cual deberán seguir los autos según su estado."

"Que durante la tramitación de dicho recurso en esta instancia federal, la parte actora promovió ante el juez de grado el incidente de ejecución de sentencia (expediente 10.893/97) en el cual la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó el pronunciamiento interlocutorio n° 33.752 y, por aplicación de lo dispuesto en el art. 104 de la ley de procedimiento laboral, corrigió el error material advertido por esta Corte al descalificar la decisión anterior de la misma sala a quo."

Normas que cita

  • CPCCNarts. 280, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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