RODRIGUEZ MARTA Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL-EJERCITO ARGENTINO s/JUICIOS DE CONOCIMIENTOS
La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta por el Estado Nacional - Ejército Argentino por no cumplir el recurso extraordinario con el requisito de fundamentación autónoma. Además, condenó a la recurrente a satisfacer el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuyo pago quedó diferido conforme la acordada 47/91.
¿Quién es el actor?
Marta Rodríguez y otros.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Ejército Argentino.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el texto transcripto no contiene los antecedentes de la causa).
¿Qué se resolvió?
Se desestimó la queja y se condenó a la recurrente al depósito del art. 286 del CPCCN, diferido según la acordada 47/91.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma."
"Por ello, se desestima la queja. Se condena a la recurrente a satisfacer el depósito correspondiente al art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuyo pago se encuentra diferido de acuerdo con lo prescripto en la acordada 47/91 (fs. 22 vta.)."
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Normas que cita
- CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Acordada 47/91
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