TECNO EQUIPOS S.A. Y OTROS s/LEY 19359
En una causa por infracción a la ley 19.359 (régimen penal cambiario), la Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos del precedente Argenflora. Los ministros Fayt, Boggiano y Bossert votaron en disidencia por confirmar la sentencia, y el ministro Petracchi en disidencia parcial.
¿Quién es el actor?
Carolina Robiglio, fiscal de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico (recurrente).
¿A quién se demanda?
Tecno Equipos S.A. y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Infracción a la ley 19.359 (régimen penal cambiario).
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada, con costas, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El fallo se limita a remitir, "por razones de brevedad", a los fundamentos del precedente A.270.XXVII "Argenflora Sociedad en Comandita por Acciones - Argenflora Sociedad de Hecho s/ infr. ley 19.359", resuelto el 6 de mayo de 1997, por ser los agravios "sustancialmente análogos". No contiene una argumentación autónoma en el voto mayoritario.
¿Cómo votaron los jueces?
Los ministros Fayt, Boggiano y Bossert, en el considerando remiten al precedente A.837.XXXI "Ayerza, Diego Luis s/ infracción al régimen cambiario" (disidencia de los jueces Fayt, Boggiano y Bossert), votando por declarar procedente el recurso pero confirmar la sentencia apelada. El ministro Petracchi, en disidencia parcial, vota por declarar parcialmente admisible el recurso y confirmar la sentencia apelada en lo que fue materia de apelación.
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Normas que cita
- Ley 19.359Sanciones
Fallos que cita
- Argenflora Sociedad en Comandita por Acciones - Argenflora Sociedad de Hecho s/ infr. ley 19.359CSJN · 06/05/1997
- Ayerza, Diego Luis s/ infracción al régimen cambiarioCSJN · 16/04/1998
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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