TACCONI GUSTAVO CIRO c/ LONGOBARDI MARCELO ERNESTO Y OTROS Y OTRO s/S/ DESPIDO
Un trabajador promovió demanda por créditos salariales, indemnizaciones por despido y sanciones de los arts. 8 y 15 de la ley 24.013 por falta de registración de la relación laboral. La Corte Suprema declaró inadmisibles los agravios sobre la relación de trabajo y los resarcimientos, hizo lugar a los agravios sobre el cálculo de la indemnización del art. 15 por remisión a la causa Torres y dejó sin efecto la sentencia apelada.
¿Quién es el actor?
Gustavo Ciro Tacconi.
¿A quién se demanda?
Marcelo Ernesto Longobardi y otros (entre ellos, Carlos Alberto Mira y Miguel Eduardo Rothschild, quienes también interpusieron recursos).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Créditos salariales e indemnizaciones por despido fundados en la Ley de Contrato de Trabajo, y los resarcimientos de los arts. 8 y 15 de la ley 24.013 por omisión de registrar la relación laboral.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró inadmisible el recurso extraordinario respecto de la relación de trabajo reconocida y de la procedencia y determinación de los resarcimientos (art. 280 del CPCCN). Respecto del agravio sobre la forma de cálculo de la indemnización del art. 15 de la Ley Nacional de Empleo, remitió a los fundamentos de la causa "Torres, Luis Enrique c/ Tiffenberg, Samuel" (T.186.XXXIII). En consecuencia, hizo lugar a las quejas y a los recursos extraordinarios, dejó sin efecto la decisión apelada con el alcance indicado, impuso costas y ordenó el dictado de un nuevo fallo por el tribunal de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 3°: "Que, en lo atinente a los dos primeros puntos, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
Considerando 4°: "Que, en cambio, los restantes agravios traen a conocimiento de esta Corte cuestiones sustancialmente análogas a las debatidas y resueltas en la causa T.186.XXXIII 'Torres, Luis Enrique c/ Tiffenberg, Samuel', sentencia de la fecha, a cuyos fundamentos y conclusiones caber remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad."
Considerando 2°: los agravios se fundaron en la doctrina de la arbitrariedad y se referían a (1) la relación de trabajo reconocida, (2) la procedencia y determinación de los resarcimientos y (3) el cálculo de la indemnización del art. 15 de la Ley Nacional de Empleo.
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Normas que cita
- Ley 24.013arts. 8, 15 · Ley de empleo
- CPCCNarts. 280, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 20.744
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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