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Corte Suprema

AMIGO LAURA FERNANDA c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/ACCIDENTE

La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta por la demandada contra la denegación del recurso extraordinario por ser inadmisible. Se condenó a la Ciudad de Buenos Aires a abonar el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, diferido según la acordada 47/91.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 634. XXXIII. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Deposito art. 286 cpccn Acordada 47/91 Municipalidad de la ciudad de buenos aires Queja desestimada

¿Quién es el actor?

Laura Fernanda Amigo.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el texto no lo detalla).

¿Qué se resolvió?

Se desestimó la queja por recurso extraordinario inadmisible (art. 280 del CPCCN) y se condenó a la Ciudad de Buenos Aires a satisfacer el depósito del art. 286 del CPCCN, cuyo pago quedó diferido conforme la acordada 47/91.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Acordada 47/91

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