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Corte Suprema

BARRIONUEVO MARTIN ESMON c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL Y OTRO s/S/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

El actor promovió demanda contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal reclamando el cómputo remunerativo y bonificable de adicionales creados por los decretos 2133/91, 713/92 y 2744/93 en su haber de retiro. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario, revocó parcialmente la sentencia por exceso de jurisdicción respecto de asignaciones no reclamadas en la demanda y la confirmó en cuanto reconoció la naturaleza general de los adicionales del decreto 2744/93, con el alcance fijado en el precedente Mallo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 1918. XXXIX. REX
Haber de retiro Adicionales Decreto 2744/93 Exceso de jurisdiccion Defensa en juicio Derecho de propiedad Recurso extraordinario Policia federal Personal militar y civil de las ff.aa. y de seguridad Precedente mallo.

¿Quién es el actor?

Martín Esmon Barrionuevo, personal retirado de la Policía Federal.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

derecho a la percepción, en el haber de retiro, de los adicionales creados por los decretos 2133/91, 713/92 y 2744/93, con carácter remunerativo y bonificable.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario, revocó parcialmente la sentencia apelada en cuanto admitió el cómputo de asignaciones (decretos 2133/91 y 713/92) que no habían formado parte de la demanda, y la confirmó respecto de la naturaleza general de los adicionales del decreto 2744/93, con el alcance fijado en la causa M.108.XL "Mallo". Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "el a quo al exceder el objeto de la demanda ha conculcado las garantías consagradas en los artículos 17 y 18 de la Constitución Nacional atinentes a la defensa en juicio y al derecho de propiedad, razón por la cual la sentencia apelada debe ser revocada en ese aspecto."

Considerando 3°: los planteos vinculados con el alcance general de las asignaciones previstas por el decreto 2744/93 remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en la causa M.108.XL "Mallo, Carlos Héctor y otros c/ Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal s/ personal militar y civil de las fuerzas armadas y de seguridad", sentencia del 29 de noviembre de 2005, a cuyos fundamentos y conclusiones se remite por razón de brevedad.

¿Cómo votaron los jueces?

suscribe la misma solución; la disidencia no se registra en el fallo, al haber votado todos los integrantes en igual sentido.

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Constitución Nacionalarts. 17, 18
  • Decreto 2133
  • Decreto 713
  • Decreto 2744

Fallos que cita

  • Mallo, Carlos Héctor y otros c/ Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal s/ personal militar y civil de las fuerzas armadas y de seguridadCSJN · 29/11/2005

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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