VOZZI ELVIRA ESTELA c/ ANSES s/PRESTACIONES VARIAS
La ANSeS recurrió la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había revocado el rechazo de la demanda de Elvira Estela Vozzi y reconocido su derecho a la prestación jubilatoria. La Corte Suprema confirmó la sentencia, remitiendo a los precedentes Feyte, Cabrera y Schmid, en razón de brevedad.
¿Quién es el actor?
Elvira Estela Vozzi.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
prestaciones varias, en concreto el reconocimiento del derecho a la prestación jubilatoria con base en los aportes acreditados en la causa.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada, con el alcance que surge de los precedentes citados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios de la ANSeS hallan adecuada respuesta en el precedente de esta Corte publicado en Fallos: 325:1027 ('Feyte') y en las causas C.413.XXXII. 'Cabrera, Clementina c/ Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos' y S.611.XL. 'Schmid, Bertha Hilda c/ ANSeS s/ prestaciones varias', falladas el 7 de julio de 1998 y el 20 de diciembre de 2005 respectivamente, a cuyas consideraciones cabe remitir en razón de brevedad."
Antecedente de la Cámara: "con los pagos de aportes acreditados en la causa el peticionario había demostrado haber contribuido solidariamente con el fondo común de los administrados y, en consecuencia, hallarse en condiciones de requerir la prestación jubilatoria".
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- FeyteCSJN · Fallos 325:1027
- Cabrera, Clementina c/ Caja Nacional de Previsión para Trabajadores AutónomosCSJN · 07/07/1998
- Schmid, Bertha Hilda c/ ANSeS s/ prestaciones variasCSJN · 20/12/2005
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