PARETS ADRIANA HILDA c/ ANSES s/PENSIONES
La Corte Suprema revocó parcialmente la sentencia que había rechazado la pensión de la actora y reconoció a la ex cónyuge divorciada vincularmente del causante una cuota parte de la pensión, calculada según la proporción de los alimentos pactados y homologados. Los jueces Petracchi y Highton de Nolasco, en disidencia total, propusieron reconocer a la actora el 100% del beneficio, por entender que la divorciada no reviste la calidad de viuda exigida por el art. 38 de la ley 18.037.
Actor/Demandante: Adriana Hilda Parets (viuda del causante).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pensión derivada del fallecimiento de José Paulino Dominianni (ocurrido el 22 de noviembre de 1992).
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Corte revocó parcialmente la sentencia apelada y reconoció a Blanca Haydée Naccarato (ex cónyuge divorciada vincularmente) el derecho a recibir una cuota parte de la pensión, calculada según la proporción de los alimentos oportunamente pactados y homologados judicialmente. En disidencia total, Petracchi y Highton de Nolasco votaron por declarar el derecho de la actora al 100% de la pensión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la circunstancia de que el causante pagara una cuota alimentaria demostraba su intención de proteger económicamente a su ex esposa a pesar de la disolución del vínculo, por lo que su deceso no podía producir la liberación de la obligación que él había contraído voluntariamente en vida..." (fundamento de la Cámara, al que la mayoría no adhiere en cuanto al beneficio).
Sobre el planteo de nulidad, la mayoría señaló: "...no basta con la mera invocación de que ha sido privada del derecho de defensa en juicio si no se ha indicado concretamente de qué modo habría influido el vicio alegado en el ejercicio de aquel derecho, por lo que corresponde desestimar sin más trámite el pedido de nulidad (conf. arts. 172 y 173...)".
Respecto del fondo, la mayoría remite a las consideraciones de Fallos: 316:2106 ("Páez de González").
¿Cómo votaron los jueces?
"El art. 38 de la ley 18.037 exige, para la obtención del beneficio de pensión, la condición de viuda de la requirente, calidad que la señora Blanca Haydée Naccarato no revestía al tiempo de fallecer su ex esposo, ya que el vínculo matrimonial había sido disuelto por sentencia judicial pasada en autoridad de cosa juzgada. No puede ser viuda quien no era cónyuge del causante al producirse el deceso de éste..."
¿Cómo votaron los jueces?
"...el propio legislador civil ha previsto la pérdida del derecho a pensión por el divorcio vincular. En efecto, el art. 207, inc. 4, del Código Civil, modificado por la ley 23.515, enuncia entre los elementos que deben ser tenidos en consideración para la fijación de la cuota alimentaria a 'la eventual pérdida de un derecho a pensión'..."
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Normas que cita
- Ley 18.037art. 38 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 23.515Codigo civil
- CCarts. 207, 214
- CPCCNarts. 172, 173 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 340
Fallos que cita
- Páez de GonzálezCSJN · Fallos 316:2106
- Fallos 295:961CSJN
- Fallos 298:312CSJN
- Fallos 311:1413CSJN
- Fallos 318:1798CSJN
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