JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MARBEN SAIC Y F c/ BERNASCONI AUGUSTO FRANCISCO JAVIER s/CONSIGNACION

Marben S.A. interpuso recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que confirmó parcialmente el rechazo de la consignación y dispuso la conversión a pesos de una deuda en dólares. La Procuración General dictaminó que corresponde hacer lugar a la queja y revocar la sentencia en cuanto a la validez de los pagos conforme a la ley 25.561.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 3397. XLI. RHE
Consignacion Deuda en dolares Conversion a pesos Ley 25.561 Emergencia publica Ley 25.820 Decreto 214/02 Recurso extraordinario Queja Procuracion general

Actor/Recurrente: Marben S.A.I.C.

¿A quién se demanda?

Augusto Bernasconi.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Consignación de pago de una deuda contraída en dólares, y reajuste del convenio solicitado por el demandado.

¿Qué se resolvió?

confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, que rechazó la consignación e hizo lugar al reajuste del convenio; respecto de la deuda en dólares, dispuso que se satisfaga mediante conversión a pesos a la paridad 1 a 1, más el 50% de la brecha entre un peso y el valor del dólar libre a la fecha del pago.

Recurso: el recurso extraordinario de Marben S.A. fue desestimado, lo que dio lugar a la presentación directa (queja).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde poner de relieve que las cuestiones materia del recurso concedido en los presentes actuados, en orden a la constitucionalidad y aplicación de la legislación de emergencia (leyes 25.561, 25820 y decreto 214/02), guardan sustancial analogía con las examinadas en la causa: S. C. P. 122, L. XXXIX, caratulada 'Pérsico, Luigi c/ Maffulli, Ciro y otro s/ Ejecución Hipotecaria'..."

"Respecto del planteo por la imposición de costas efectuado con posterioridad a la interposición del recurso extraordinario ... resulta inoportuno y no puede ser admitido, por cuanto importa una ampliación de los términos del recurso ..."

"Por otra parte el recurso extraordinario por arbitrariedad de sentencia referido a la interpretación de normas de derecho común y apreciación de la prueba efectuada por los jueces de la causa, debe ser desestimado por ser ajeno a la vía excepcional."

"Sin perjuicio de ello, advierto que los agravios respecto a la validez de los pagos conforme a lo dispuesto en la ley 25.561 y la restante normativa federal, habilitan la admisión del recurso y su viabilidad queda sujeta a lo que V.E. resuelva sobre la constitucionalidad y aplicación al caso de las leyes federales."

Conclusión: "opino que corresponde hacer lugar a la presente queja, declarar procedente el recurso extraordinario y revocar con el alcance indicado, la sentencia de fs. 209/213."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Pérsico, Luigi c/ Maffulli, Ciro y otro s/ Ejecución HipotecariaCSJN

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