RETAMAL JUAN GREGORIO Y OTROS c/ s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia del Superior Tribunal de Entre Ríos que había declarado inadmisible el recurso contra la resolución que otorgó el beneficio de litigar sin gastos a los herederos de Juan José Riera. El tribunal consideró que, por las circunstancias particulares de los actores, la decisión afectaba de modo irreparable sus derechos de defensa y de propiedad.
¿Quién es el actor?
Juan Gregorio Retamal y otros, herederos de Juan José Riera (recurrentes).
¿A quién se demanda?
el demandado en los juicios por la sucesión, que se presentó como acreedor de la sucesión, y la Provincia de Entre Ríos en el proceso de daños y perjuicios.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
beneficio de litigar sin gastos y eximición parcial de costas (40%) hasta que mejoraran de fortuna.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, devolviendo los autos para que se dicte un nuevo fallo conforme a lo expresado. Con costas. La disidencia de la Dra. Argibay, en cambio, desestimó la queja por no tratarse de sentencia definitiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"aun cuando es criterio reiterado que la resolución que concede o deniega el beneficio de litigar sin gastos, en razón de su carácter provisional y de que no causa estado, no constituye sentencia definitiva a los fines del remedio federal, cabe hacer excepción a dicho criterio cuando, con menoscabo del derecho de defensa en juicio y de propiedad, se han omitido tratar aspectos oportunamente propuestos y conducentes para resolver la cuestión planteada y la decisión impugnada, por sus consecuencias, produce un agravio de insuficiente reparación ulterior que la torna equiparable a la sentencia definitiva."
"lo decisivo para su concesión no sea la falta de bienes del peticionario sino la posibilidad que tenga de generar recursos, la Corte local debió hacer especial mérito de las circunstancias particulares de los actores..."
"difícilmente podrían solventar, aun en el porcentaje admitido, los gastos judiciales devengados... so pena de poner en peligro su propia subsistencia y la de su familia."
"las consecuencias que una decisión como la adoptada proyectaba en los intereses de los recurrentes... sus pretensiones... serán desestimadas y el demandado podrá ejecutar los embargos trabados sobre los bienes de la sucesión."
"las garantías constitucionales que se dicen vulneradas guardan nexo directo e inmediato con lo resuelto, por lo que corresponde admitir el recurso y descalificar el fallo apelado (art. 15 de la ley 48)."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 48art. 15 · Justicia nacional
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.