JurisprudenciaARG
Corte Suprema

FRADERA ERNESTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Un jubilado reclamó el reajuste de sus haberes previsionales contra la ANSeS. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada en cuanto al alcance de la movilidad, siguiendo el precedente Sánchez, y la confirmó en materia de intereses, aplicando la tasa pasiva según Spitale.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 109. XXXIX. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste previsional Ley 18.037 Ley 23.928 Articulo 55 ley 18.037 Tasa pasiva de interes Intereses Anses Cumplimiento de sentencia Precedente sanchez

¿Quién es el actor?

Ernesto Fradera (jubilado).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de los haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

la Corte revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del fallo "Sánchez" y la confirmó en cuanto a los intereses aplicables, de acuerdo al precedente "Spitale". Notifíquese y devuélvase.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1°) Que contra la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó la de la instancia anterior que había ordenado la recomposición de los haberes del jubilado y pospuso el tratamiento del planteo sobre la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 18.037 para el momento de practicarse liquidación sobre la base de los parámetros ordenados en la sentencia, ambas partes dedujeron recursos ordinarios de apelación que fueron concedidos según el art. 19 de la ley 24.463."

"2°) Que la cuestión referente a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afectó la movilidad establecida por la ley 18.037, guarda sustancial analogía con el examinado por el Tribunal en la causa S.2758.XXXVIII. 'Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencias del 17 de mayo y 28 de julio de 2005, respectivamente, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."

"3°) Que las objeciones del organismo previsional relacionadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 325:98 ('Perletto'), y el recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza crítica alguna a lo sostenido en dicho antecedente."

"4°) Que los agravios del organismo previsional vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 17/05/2005
  • Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 28/07/2005
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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