SANTARELLI NICOLAS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y confirmó la sentencia de reajuste previsional en favor del jubilado Nicolás Santarelli, con el alcance fijado en el precedente Spitale sobre la tasa pasiva de interés. Los agravios del organismo sobre plazos y modalidades de cumplimiento fueron rechazados por ser análogos a lo resuelto en Perletto y por carecer de fundamentación suficiente.
¿Quién es el actor?
Nicolás Santarelli, jubilado.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales (reajustes varios).
¿Qué se resolvió?
se declararon procedentes los recursos ordinarios deducidos y se confirmó la sentencia apelada, con el alcance indicado en "Spitale".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las cuestiones que se suscitan en la presente causa, vinculadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente de Fallos: 327:3721 ('Spitale'), a cuyos fundamentos cabe remitir por razones de brevedad" (considerando 1°).
"Las críticas de la ANSeS relacionadas con el plazo, las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, así como la defensa de limitación de recursos resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 325:98 ('Perletto') y la recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza crítica alguna a lo sostenido en dicho precedente" (considerando 2°).
"Los restantes agravios del organismo previsional no se refieren a aspectos específicos de la sentencia apelada, por lo que carecen del requisito de fundamentación" (considerando 3°).
"No ha logrado demostrar el perjuicio concreto que su aplicación pudo haberle ocasionado, por lo que la objeción planteada aparece sustentada en un agravio hipotético y es prematura" (considerando 4°, respecto de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, planteados por el jubilado).
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 22, 23 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- PerlettoCSJN · Fallos 325:98
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