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Corte Suprema

L'UNION DES ASSURANCES DE PARIS c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/APELACION

La Corte Suprema declaró formalmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por L'Union des Assurances de Paris contra la Dirección General Impositiva y confirmó la sentencia apelada. El tribunal remitió, por razones de brevedad, a los fundamentos del precedente Solvencia S.A. de Seguros Generales, por tratarse de una cuestión sustancialmente análoga.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 26. XXXIII. REX
Recurso extraordinario Remision a precedente Solvencia s.a. de seguros generales Direccion general impositiva Tribunal fiscal Cuestion sustancialmente analoga Confirmacion de sentencia Tributario Costas.

Actor (recurrente): L'Union des Assurances de Paris (T.F. 14.252-I).

¿A quién se demanda?

Dirección General Impositiva (D.G.I.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso extraordinario contra la sentencia del Tribunal Fiscal que resolvió el reclamo tributario de la contribuyente. El fallo no detalla el objeto impositivo concreto, que se remite a la causa "Solvencia".

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, con costas a la vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión planteada por el recurrente es sustancialmente análoga a la considerada por esta Corte en la causa S.185 XXXII 'Solvencia S.A. de Seguros Generales (T.F. 13.089-I) c/ D.G.I.', sentencia de la fecha, a cuyos fundamentos cabe remitir en razón de brevedad."

Los votos de los jueces Petracchi y Vázquez coinciden en la misma remisión: "las cuestiones planteadas en el sub lite son sustancialmente análogas a las examinadas en el voto del juez [...] en autos: S.185 XXXII 'Solvencia S.A. de Seguros Generales (T.F. 13.089-I) c/ D.G.I.', a cuyos fundamentos corresponde remitir en razón de brevedad."

No hay votos en disidencia. El fallo no contiene fundamentación propia, sino que se apoya íntegramente en el precedente citado.

Fallos que cita

  • Solvencia S.A. de Seguros Generales c/ D.G.I.CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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