JurisprudenciaARG
Corte Suprema

RUBINO JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La ANSeS interpuso recurso ordinario contra la sentencia que ordenó reajustar el haber de un jubilado conforme a las leyes 22.955 y 24.463. La Corte declaró parcialmente procedente el recurso, desestimó los agravios sobre derogación normativa por falta de relación con lo decidido y confirmó la sentencia en materia de tasa de interés, remitiendo al precedente Spitale.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 1866. XL. ROR
Reajuste jubilatorio Ley 22.955 Ley 24.463 Recurso ordinario Desercion de recurso Tasa pasiva de interes Movilidad jubilatoria Anses Precedente spitale Seguridad social

¿Quién es el actor?

Juan Carlos Rubino (jubilado).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber jubilatorio.

¿Qué se resolvió?

se declara parcialmente procedente el recurso ordinario de la ANSeS y se confirma la sentencia apelada, con el alcance que surge del precedente "Spitale". Respecto de la derogación de las leyes 22.955 y 24.019, el recurso se declara desierto por no guardar relación con lo decidido por la alzada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las críticas esgrimidas por la ANSeS respecto de la derogación de las leyes 22.955 y 24.019, no guardan relación con lo decidido por la alzada que, sobre el punto, aplicó las disposiciones que la demandada pretende hacer valer, lo que impide el tratamiento del remedio intentado y lleva a declarar su deserción sobre este punto."

"Los planteos del organismo previsional relacionados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir."

Antecedente de instancia: la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia, que ordenó el reajuste conforme a la ley 22.955 hasta marzo de 1995 y, desde allí, según el art. 7, inc. 2, de la ley 24.463.

Normas que cita

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.