BENITEZ MIGUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El jubilado Miguel Benítez reclamó el reajuste de su haber previsional contra la ANSeS. La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social en cuanto declaró la inconstitucionalidad en abstracto de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463, y la confirmó en lo referido a los intereses aplicables.
¿Quién es el actor?
Miguel Benítez, jubilado.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste del haber previsional (reajustes varios), con recálculo del haber inicial conforme a la movilidad de la ley 18.037.
¿Qué se resolvió?
la Corte revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Sánchez" (en cuanto a la movilidad y a la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463) y la confirmó en cuanto a los intereses aplicables, conforme al precedente "Spitale". Los planteos de prescripción y los restantes agravios de la ANSeS fueron desestimados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2): "la cuestión traída a conocimiento por la parte actora referente a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afectó la movilidad establecida por la ley 18.037, guarda sustancial analogía con lo examinado por el Tribunal en la causa S.2758.XXXVIII. 'Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencias del 17 de mayo y 28 de julio de 2005, respectivamente, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."
Considerando 3): "los agravios de la ANSeS vinculados con la tasa pasiva de interés, encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad."
Considerando 4): "no surge de la presente causa el perjuicio concreto que su aplicación podría haberle ocasionado al actor, por lo que la declaración de inconstitucionalidad de dichas normas ha sido efectuada en abstracto y debe ser revocada."
Considerando 5): "los planteos de la accionada relacionados con la prescripción (art. 82 de la ley 18.037), en particular los vinculados a la interpretación que efectúa sobre el modo de aplicación de las leyes 25.344 y 25.565, no guardan relación con lo decidido, por lo que deben ser desestimados, solución que también resulta aplicable a los restantes cuestionamientos de la ANSeS que no se refieren a aspectos específicos de la sentencia apelada."
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Normas que cita
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 24.463arts. 19, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 25.344Emergencia economica-financiera
- Ley 25.565Presupuesto
Fallos que cita
- Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 17/05/2005
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
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