FONTEIÑA MIGUEL ANGEL s/CAUSA N° 5494
La Corte Suprema hizo lugar a la queja por mayoría y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal, remitiendo a los fundamentos del precedente Casal sobre revisión amplia de la condena. Las ministras Highton de Nolasco y Argibay votaron en disidencia y desestimarían la queja por inadmisible.
Actor/Recurrente: Miguel Angel Fonteiña, por intermedio de su defensa (Dr. Marcelo Parrilli).
Demandado/Parte contraria: Ministerio Público (acusación penal).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho contra la denegación del recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia de la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal, en la causa N° 5494.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto el pronunciamiento apelado, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme al precedente "Casal".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto el 20 de septiembre de 2005 por el Tribunal en el expediente C.1757.XL. 'Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativa'... a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, se desestima la queja."
Nota: la fundamentación de la mayoría es breve y se remite al precedente Casal; la disidencia sostiene la inadmisibilidad formal del recurso extraordinario.
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Normas que cita
- CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativaCSJN · 20/09/2005
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