JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ABASTANTE CARLOS c/ LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DE ESTADO s/LABORAL

La Corte Suprema dejó sin efecto la resolución que había declarado la caducidad de instancia extraordinaria, por constar en autos que el recurrente había impulsado el trámite. Respecto del fondo, declaró inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 CPCCN) y desestimó la queja.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 2560. XXXVIII. RHE
Recurso de hecho Queja Caducidad de instancia extraordinaria Recurso extraordinario Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Loteria nacional Impulso procesal Desestimacion.

¿Quién es el actor?

Carlos Abastante.

¿A quién se demanda?

Lotería Nacional Sociedad del Estado.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

no surge del fallo, que se limita a resolver un recurso de hecho.

¿Qué se resolvió?

se dejó sin efecto la resolución de fs. 127, que había declarado la caducidad de instancia extraordinaria, y se desestimó la queja. Sobre el fondo, el recurso extraordinario se declaró inadmisible por aplicación del art. 280 del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que del confronte de las constancias de autos (ver fs. 121, 132, 133, 136, 139 y 141), se advierte que asiste razón al recurrente en orden a lo manifestado en la presentación de fs. 174/175, por lo que corresponde dejar sin efecto la resolución de este Tribunal que declaró la caducidad de instancia extraordinaria (ver fs. 127)." "Que en cuanto a los agravios sobre el fondo de la cuestión traída a conocimiento de esta Corte, el recurso extraordinario resulta inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.