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Corte Suprema

ACUÑA ANDRES FRANCISCO s/HOMICIDIO SIMPLE -CAUSA N° 91/03-

El recurso de hecho interpuesto por la defensa de Andrés Francisco Acuña en una causa por homicidio simple fue declarado procedente. La Corte dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, aplicando por remisión el precedente Salto en materia de remisión a fundamentos de un voto individual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 2086. XL. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Homicidio simple Queja Remision a dictamen del procurador Sentencia dejada sin efecto Nuevo pronunciamiento Defensa oficial Superior tribunal de justicia del chubut Precedente salto

Actor/Parte recurrente: Andrés Francisco Acuña, representado por el Dr. Arnaldo H. Barone, a través de la defensa oficial.

Demandado/Parte recurrida: Estado provincial (Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut, tribunal de origen).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario contra la sentencia del Superior Tribunal de Justicia del Chubut en la causa por homicidio simple, tramitada previamente ante la Cámara Primera en lo Criminal de la Circunscripción Judicial de Comodoro Rivadavia.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Los autos se devuelven al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte expresa: "esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del señor Procurador Fiscal, a cuyos términos se remite en razón de brevedad."

La jueza Argibay expresa: "Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto en el expediente S.1482.XLI. 'Salto, Rufino Ismael s/ abuso sexual agravado Ccausa N° 117/04C', sentencia del 7 de marzo de 2006 (voto de la jueza Argibay), a cuyas consideraciones cabe remitirse."

Los considerandos son breves: la mayoría se remite al dictamen del Procurador Fiscal y la Dra. Argibay se remite a su voto en el precedente "Salto". No se transcriben argumentos sustantivos sobre el fondo del caso en el fallo.

Fallos que cita

  • Salto, Rufino Ismael s/ abuso sexual agravadoCSJN · 07/03/2006

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