GARRIDO DE REGUEIRO INES c/ OSDE BINARIO Y OTROS Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El demandado Gastón D. Maignon recurrió en queja la denegatoria de un recurso extraordinario contra la decisión de la Cámara Civil que tuvo por desierto su recurso de apelación por falta de copias del memorial. La Procuración General dictaminó que esa decisión incurre en exceso ritual manifiesto y lesiona la defensa en juicio, por lo que propone dejarla sin efecto.
¿Quién es el actor?
Ines Garrido de Regueiro.
¿A quién se demanda?
OSDE Binario y otros, entre ellos el doctor Gastón D. Maignon.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios derivados de mala praxis médica.
¿Qué se resolvió?
el juez de primera instancia rechazó la demanda e impuso las costas a la actora, y en el mismo fallo hizo lugar a la falta de acción opuesta por la aseguradora Compañía Argentina de Seguros La Estrella S.A. respecto de Maignon, por falta de pago de la póliza, imponiendo las costas al codemandado que la había planteado. La Cámara declaró desierta la apelación de Maignon por no acompañar copias suficientes del memorial. La Procuración dictamina que corresponde hacer lugar a la queja y dejar sin efecto esa decisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 120 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, al que la Alzada se refiere, en tanto establece que deberán adjuntarse tantas copias como partes intervengan, ha de interpretarse razonablemente a partir de su razón de ser, que es asegurar a las partes interesadas el debido conocimiento de las cuestiones planteadas por la contraria."
"En ese contexto, la exigencia de agregar copias destinadas a litigantes no comprometidos en la incidencia carece de todo fundamento e importa un menoscabo directo del derecho de defensa en juicio del apelante y, consecuentemente, de la verdad jurídica objetiva, cuya necesaria primacía es acorde con el adecuado servicio de justicia (v. Doctrina de Fallos 299:208, Consid. 41 y sus citas)."
"...cuestiones como la presente, de naturaleza procesal relativas a la inadmisibilidad de recursos interpuestos ante los tribunales de la causa, resultan ajenas al recurso extraordinario, desde que se encuentran en tela de juicio principios superiores vinculados a la vigencia real y efectiva de un derecho constitucional como es el de defensa en juicio..."
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Normas que cita
- CPCCNart. 120 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- Fallos 299:208CSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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