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Corte Suprema

CORIA MIGUEL ANGEL s/TENTATIVA DE HOMICIDIO -CAUSA N° 137/2004-

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario deducido por la defensa de Miguel Ángel Coria en una causa por tentativa de homicidio, dejando sin efecto el pronunciamiento apelado y ordenando dictar uno nuevo, por remisión a los precedentes CSJN C.1757.XL y S.1482.XLI. Las ministras Highton de Nolasco y Argibay votaron en disidencia, desestimando la queja por inexistencia de sentencia definitiva.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 4120. XLI. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Sentencia definitiva Tentativa de homicidio Remision a precedentes Art. 14 ley 48 Superior tribunal del chubut Defensa penal Nuevo pronunciamiento

Actor/Recurrente: Miguel Ángel Coria, representado por el defensor oficial (Dr. Osvaldo Hugo Barone, defensor general de la Provincia del Chubut).

Demandado/Parte contraria: Estado provincial (acusación en la causa penal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho contra la denegación del recurso extraordinario deducido contra la sentencia del Superior Tribunal de la Provincia del Chubut, en la causa por tentativa de homicidio (expte. 137/2004C).

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto el pronunciamiento apelado y se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto en los precedentes citados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en la presente causa resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en los autos C.1757.XL ACasal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativa Ccausa N° 1681C", del 20 de septiembre de 2005 y S.1482.XLI ASalto, Rufino Ismael s/ abuso sexual agravado Ccausa N° 117/04C", del 7 de marzo de 2005; a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razón de brevedad."

"Que los jueces Petracchi, Maqueda, Zaffaroni y Lorenzetti y Fayt se remiten a sus respectivos votos en las causas mencionadas."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario cuya denegación origina esta queja no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48)." Por ello, se desestimó la queja, intimando al depósito del art. 286 del CPCCN.

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativaCSJN · 20/09/2005
  • Salto, Rufino Ismael s/ abuso sexual agravadoCSJN · 07/03/2005

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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