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Corte Suprema

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES c/ MAJAN ROBERTO OSCAR s/EJECUCION FISCAL

La Corte Suprema declaró formalmente procedente el recurso extraordinario en un proceso de ejecución fiscal de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y revocó la sentencia apelada en lo relativo a los intereses devengados desde el 1° de abril de 1991, remitiendo a los fundamentos del precedente Río de Janeiro 269 S.R.L.. La devolución de los autos se dispuso para que se dicte un nuevo pronunciamiento, con costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 237. XXXIV. REX
Ejecucion fiscal Intereses Capitalizacion de intereses Municipalidad de la ciudad de buenos aires Recurso extraordinario Precedente rio de janeiro 269 s.r.l. Revocacion Costas Devolucion de autos Intereses devengados desde 1991.

¿Quién es el actor?

Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (M.C.B.A.).

¿A quién se demanda?

Roberto Oscar Majan.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal, con controversia sobre los intereses devengados a partir del 1° de abril de 1991.

¿Qué se resolvió?

Se declaró formalmente procedente el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte nuevo pronunciamiento. Con costas, según la mayoría; el Dr. Bossert votó en disidencia parcial, sin imposición de costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos, en tanto se refieren a los intereses devengados a partir del 1° de abril de 1991, guardan sustancial analogía con las consideradas por esta Corte en el precedente 'Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires c/ Río de Janeiro 269 S.R.L.' publicado en Fallos: 315:2927, -confr. especialmente considerando 6°- a cuyos fundamentos cabe remitirse en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

el Dr. Gustavo A. Bossert votó en disidencia parcial, limitada a la imposición de costas (propuso dejarlas sin efecto); el resto de los fundamentos es coincidente.

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires c/ Río de Janeiro 269 S.R.L.CSJN · Fallos 315:2927

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