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Corte Suprema

PACHADO ROSENDO PASCUAL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia dictada en las causas previsionales acumuladas, porque las providencias que ordenaban poner los autos en secretaría no fueron debidamente notificadas a la recurrente, lo que afectó su derecho de defensa. Las apelaciones deberán continuar su tramitación con ese alcance.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 6. XXXIV. ROR
Derecho de defensa Notificacion Art. 280 cpccn Nulidad de sentencia Reajustes previsionales Movilidad jubilatoria Anses Autonomos Debido proceso Corte suprema

¿Quién es el actor?

Rosendo Pascual Pachado, junto con otros actores de las causas acumuladas (Domingo Paulo Mirra y Miguel Nieto).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales (reajustes por movilidad y prestaciones de autónomos, según los expedientes acumulados).

¿Qué se resolvió?

se dejó sin efecto la sentencia del 12 de noviembre de 1998 respecto de las presentes causas, y se ordenó que continúen las tramitaciones de las apelaciones respectivas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en razón de que las providencias que ordenaban poner los autos en secretaría a los fines del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no fueron debidamente notificadas a la recurrente, a fin de garantizar el pleno ejercicio del derecho de defensa, corresponde dejar sin efecto la sentencia de fecha 12 de noviembre de 1998 con relación a las presentes causas."

"Por ello, se deja sin efecto la sentencia y, con el alcance indicado, continúen las tramitaciones de las apelaciones respectivas."

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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