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Corte Suprema

MOLINA JOSE ALBERTO c/ INPS-CAJA NAC DE PREV PARA EL PERS DEL EST Y SERV PUBL. s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Los actores reclamaron el reajuste de sus haberes previsionales por movilidad frente al organismo previsional. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso extraordinario de la ANSeS y revocó la sentencia, admitiendo la movilidad sólo por el período comprendido entre el 11 de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, conforme a sus precedentes Chocobar y De Barrio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 756. XXXIII. REX
Movilidad previsional Haberes previsionales Reajuste Ley 24.241 Recurso extraordinario Anses Caja previsional Tasa de intereses Topes maximos Precedente de barrio

¿Quién es el actor?

Los titulares de los beneficios previsionales reunidos en la causa (entre ellos, José Alberto Molina).

¿A quién se demanda?

INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos, Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles y ANSeS, según el caso.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes de haberes previsionales por movilidad, intereses y aplicación de topes máximos.

¿Qué se resolvió?

La mayoría declaró procedente el recurso extraordinario de la ANSeS y revocó la sentencia en cuanto fuera materia de agravios. Admitió la movilidad sólo entre el 11 de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241, remitiendo a los precedentes "Chocobar" y "De Barrio". Los agravios sobre tasa de intereses y topes máximos fueron resueltos remitiendo a precedentes anteriores de la Corte.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Las cuestiones son sustancialmente análogas a las de la causa D.363.XXV "De Barrio, Elvira Carmen", a cuyas consideraciones el Tribunal remite "por razón de brevedad". Respecto de intereses, se remite a "Banco Sudameris c/ Belcam S.A." y "Gil, Arnaldo Vicente", con el criterio de la mayoría adverso a la procedencia del recurso. En cuanto a topes máximos, se remite a "Del Azar Suaya". Nota: el texto transcripto no desarrolla argumentación propia; los fundamentos se encuentran en los precedentes citados. Los votos de Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert, en disidencia, no se remiten a fundamentos desarrollados en esta sentencia.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • De Barrio, Elvira CarmenCSJN · 13/08/1998
  • Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidadCSJN · 27/12/1996
  • Banco Sudameris c/ Belcam S.A. y otraCSJN · 17/05/1994
  • Gil, Arnaldo VicenteCSJN · 12/03/1996
  • López, Antonio Manuel c/ Explotación Pesquera de la Patagonia S.A.CSJN · 10/06/1992
  • Acopionor SA s/ Concurso preventivoCSJN · 09/06/1994
  • Del Azar Suaya, Abraham c/ INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 25/09/1997

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