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Corte Suprema

BENITEZ HUGO DANIEL s/CAUSA N° 4741

El defensor oficial interpuso recurso de queja contra la denegación de un recurso extraordinario en una causa penal. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a los precedentes Casal y Martínez Areco, remitiéndose a sus votos concurrentes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 964. XLI. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Denegacion Casacion penal Precedente casal Doctrina martinez areco Revision de sentencia penal Nuevo pronunciamiento Inadmisibilidad Art. 280 cpccn

Actor (recurrente): Hugo Daniel Benítez, representado por el Dr. Eduardo A. Dromi (defensor oficial).

¿A quién se demanda?

no aplica en sentido estricto; el recurso se dirige contra el pronunciamiento de la Sala VI de la Cámara Nacional de Casación Penal, que denegó el recurso extraordinario.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

revisión de la denegación del recurso extraordinario en la causa penal N° 4741.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto el pronunciamiento apelado, con remisión al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento. La Dra. Argibay votó en disidencia, por considerar el recurso extraordinario inadmisible (art. 280 CPCCN) y por desestimar la queja, con intimación al depósito del art. 286 CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite, en razón de brevedad, a los fundamentos y conclusiones de los votos concurrentes en la causa "Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativa - causa N° 1681" (sentencia del 20 de septiembre de 2005), y los jueces Maqueda, Zaffaroni y Petracchi se remiten además a sus votos en "Martínez Areco, Ernesto s/ causa N° 3792" (sentencia del 25 de octubre de 2005). La disidencia de la Dra. Argibay sostiene la inadmisibilidad del recurso extraordinario, por lo que propone desestimar la queja.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativa - causa N° 1681CSJN · 20/09/2005
  • Martínez Areco, Ernesto s/ causa N° 3792CSJN · 25/10/2005

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