COSSUTA MARIA ELENA s/S/REC. DTO. ART. 39 Y 40 LEY 25164 C/RESOL.N° 326/03 DEL INSSJP
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y dejó sin efecto la sentencia apelada. Remitió a los fundamentos de la causa Franciosi y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo resuelto.
¿Quién es el actor?
María Elena Cossuta.
¿A quién se demanda?
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (I.N.S.S.J.P.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso directo previsto en los arts. 39 y 40 de la ley 25.164 contra la resolución N° 326/03 del I.N.S.S.J.P.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas, y devolvió los autos al tribunal de origen (Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia) para que dicte un nuevo pronunciamiento. La decisión se remite, en razón de brevedad, a los fundamentos y conclusiones de la causa F.309.XL. "Franciosi, Ernesto Nicolás c/ I.N.S.S.J.P. s/ medida cautelar innovativa", resuelta en la misma fecha, y se funda en el dictamen del Procurador Fiscal subrogante.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto en la causa F.309.XL. 'Franciosi, Ernesto Nicolás c/ I.N.S.S.J.P. s/ medida cautelar innovativa', en la fecha, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad." La sentencia no contiene desarrollo argumental propio; sus fundamentos son los del precedente citado y los del dictamen del Procurador Fiscal subrogante, que no se transcriben en el documento analizado.
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Normas que cita
- Ley 25.164arts. 39, 40 · Marco de regulacion del empleo publico nacional
- Resolución 326/03
Fallos que cita
- Franciosi, Ernesto Nicolás c/ I.N.S.S.J.P. s/ medida cautelar innovativaCSJN
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