DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE BUENOS CARTAÑA A. c/ ESTADO NACIONAL P.E.N. SEC. DE ENERGIA Y COMUNICACIONES DTO. 92/97 s/AMPARO LEY 16.986
El Defensor del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires y otros amparistas demandaron al Estado Nacional por el Decreto 92/97 en materia de telecomunicaciones. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto los fallos apelados y rechazó liminarmente las demandas, remitiéndose a lo resuelto en la causa D.218.XXXIII.
¿Quién es el actor?
Defensor del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires (Cartañá A.) y otros amparistas (usuarios de servicios de telecomunicaciones).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Poder Ejecutivo Nacional - Secretaría de Energía y Comunicaciones.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo contra el Decreto 92/97, en materia de telecomunicaciones.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se declararon procedentes los recursos extraordinarios, se dejaron sin efecto los fallos apelados y se rechazaron liminarmente las demandas, con costas por su orden. Los votos de Belluscio y Bossert (disidencia) propusieron declarar inadmisibles los recursos, y el de Petracchi (disidencia), rechazarlos con costas; ninguno de esos criterios es la decisión del tribunal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
el considerando único de la mayoría sostiene: "Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en las causa D.218.XXXIII 'Defensor del Pueblo de la Nación c/ Estado Nacional - Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo ley 16.986' ... a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse por razones de brevedad." Los disidentes adoptan igual técnica de remisión a ese precedente, con distinto resultado procesal.
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Normas que cita
- Decreto 92
- Ley 16.986Amparo
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